A- de 2023
Ponente Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Demandante Tomas Armenta Barros·Demandado Municipio De Puerto Colombia/ Secretaria De Transito Y Transporte De Puerto Colombia
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Competencia a prevención del lugar escogido por el demandante
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de competencia suscitado entre el Juzgado Décimo Penal Municipal con Función de Conocimiento de Santa Marta y el Juzgado Primero Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Barranquilla.
La controversia entre los precitados despachos se fundó en las interpretaciones divergentes del factor territorial.
Ambos juzgados presentaron una serie de argumentos relacionados con el lugar donde se produjo y tuvo sus efectos la vulneración de derechos fundamentales.
Se dirimió el asunto con la remisión del expediente al Juzgado Décimo Penal Municipal con Función de Conocimiento de Santa Marta para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar.
Al otro operador jurídico involucrado se le advierte que, cuando esté frente a un conflicto de competencia en materia de tutela, debe resolverse, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996, para lo cual deberá observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550/18.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (8 puntos)
- PRIMERO. DEJAR SIN EFECTOS el auto del 31 de agosto de 2023, proferido por el Juzgado
- Décimo. Penal Municipal con Función de Conocimiento de Santa Marta en el marco del expediente ICC-4507.
- SEGUNDO. REMITIR al Juzgado
- Décimo. Penal Municipal con Función de Conocimiento de Santa Marta el expediente ICC-4507 para que, de forma inmediata, tramite y adopte la decisión de fondo a que haya lugar en relación con la acción de tutela promovida por Tomás Cipriano Armenta Barros en contra de la Secretaría de Tránsito y Transporte de Puerto Colombia, Atlántico.
- TERCERO. ADVERTIR al Juzgado
- Primero. Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Barranquilla que, cuando esté frente a un conflicto de competencia en materia de tutela, este debe ser resuelto, en principio, por las autoridades judiciales establecidas en la Ley 270 de 1996. Para tales propósitos, deberá observar las reglas previstas sobre la materia en la jurisprudencia de la Corte Constitucional, expuestas en la presente providencia y compiladas en el Auto 550 de 2018.
- CUARTO. Por la Secretaría General de la Corporación, COMUNICAR la decisión adoptada en esta providencia a la parte accionante y al Juzgado
- Primero. Municipal de Pequeñas Causas Laborales de Barranquilla.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.